Requisitos de la foto del pasaporte para una visa
La foto del pasaporte en un pasaporte, documento de identidad, Visado Schengen o la licencia de conducir debe cumplir una serie de requisitos.
Hay requisitos para: dimensiones, calidad de la foto, fondo, pantalla, postura, expresión, anteojos, iluminación y posicionamiento.
Dimensiones
Tamaño de la foto del pasaporte: Tamaño fijo: 35 mm x 45 mm (ancho x alto).
Ancho de cara: De orejeta a orejeta entre 16 mm y 20 mm.
Longitud de la cara: A partir de los 11 años: del mentón a la coronilla mínimo 26 mm y máximo 30 mm.
Hasta los 10 años inclusive: del mentón a la coronilla un mínimo de 19 mm y un máximo de 30 mm.
calidad de la foto
Requisitos para la calidad de la foto de pasaporte: en color; parecido a; renderizado natural; nítido., Suficiente contraste y detallado. sin daños; sin copia; no editado; impreso en papel fotográfico liso de alta calidad; resolución mínima de 400 ppp.
Cara de la pantalla
Requisitos para la representación del rostro en una foto de pasaporte: cabeza descubierta; cara completamente visible;
ojos totalmente visibles. Las orejas no tienen que ser visibles, siempre que el ancho de la cara sea visible.
Houding
Requisitos para la postura de una persona en una foto de pasaporte: cabeza recta hacia adelante; ojos en una línea horizontal; cabeza no inclinada; hombros rectos; sin apoyo visible.
cara de expresion
Requisitos para la expresión del rostro en la foto de pasaporte: mirada neutra; mirando directamente a la cámara;
boca cerrada
Lentes
Requisitos para la forma en que la persona en la foto del pasaporte usa anteojos: ojos completamente visibles; vasos completamente translúcidos; sin reflejos molestos a través de las gafas; sin sombra.
criticar
Requisitos para la iluminación de la foto de pasaporte: uniforme; sin subexposición o sobreexposición; sin sombra en la cara ni en el fondo; sin reflejo en la cara; sin reflejo de los accesorios.
Posicionamiento
- Requisitos para el posicionamiento de la cara en la foto del pasaporte: cabeza completamente representada; centrado en la cabeza.
- Excepción: razones religiosas o ideológicas. ¿No está permitido dejar la cabeza descubierta por motivos religiosos o ideológicos? Entonces puedes cubrirte la cabeza.
- Excepción: niños menores de 6 años: Los niños menores de 6 años no tienen que cumplir con los siguientes requisitos: Postura: 'ojos abiertos en una línea horizontal', 'cabeza inclinada' y 'hombros rectos'; Expresión: 'mirada neutral', 'mirar directamente a la cámara' y 'boca cerrada'
¿Permitido o no?
- Barba: Si
- Peluca: Sí
- Cambio de peinado: Si
- Long Bangs: Sí, pero no demasiado largo; los ojos y la cara deben ser completamente visibles
- Niño con los ojos cerrados: No
- Gafas ocasionales: Sí. El solicitante puede optar por llevar o no gafas
- Sonda: Sí
- Lápiz labial u otro maquillaje: Sí
- Piercings o tatuaje(s) en la cara: Si
- Pendientes: Sí
- Gorro o gorra: No, solo cubrirse la cabeza por motivos religiosos o ideológicos
- Misma foto que en el documento anterior: Preferiblemente no